- Deberás haber realizado un (01) mes de aportación al FEBAN, para ser sujeto a beneficios de préstamos.
- Todos los préstamos que concede el FEBAN se otorgarán siempre y cuando, cuentes con capacidad de pago. No deberás tener cuotas o saldos vencidos de préstamos ni de aportes, ni haber registrado atrasos en los mismos durante los últimos tres (3) meses.
- La evaluación del préstamo será en función de tu capacidad de pago. Por lo que, el porcentaje que pueda destinarse mensualmente a pagos de deudas en el sistema financiero y FEBAN (incluido el pago del préstamo solicitado), no deberá superar el 40% de tu ingreso neto.
Para la evaluación crediticia deberá emitirse el respectivo reporte de la central de riesgos (*).
(*) Modificación por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 480, celebrada el 22 de julio de 2019:
– La evaluación del préstamo será en función de la capacidad de pago del solicitante. Por tanto, el porcentaje que pueda destinarse mensualmente a pagos de deudas en el sistema financiero y Feban (incluido el pago del préstamo solicitado), no deberá superar el 60% de su ingreso neto. Para la evaluación crediticia, el reporte de la central de riesgos debe ser normal.
– Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario:
Trabajadores activos del Banco de la Nación y trabajadores Feban, afiliados a la institución:
- Trabajadores activos – régimen laboral ley 19990
- Para edad menor a 62 años
De 62 hasta 70 años: requerirá garante con edad menor a 62 años.
- Trabajadores activos – régimen laboral ley 20530
- Hasta 70 años.
Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas
(*) Modificación por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 480, celebrada el 22 de julio de 2019, cuyo texto es el siguiente:
Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario.
Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas.
Hasta |
Edad |
Plazo |
3 pensiones (*) |
de 80 a 85 años |
12 meses |
3 pensiones (*) |
más de 85 años |
6 meses |
(*) Corresponden a pensiones totales hasta un máximo de S/3,500 de acuerdo a su capacidad de pago.
(*) Artículo modificado por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 483, celebrada el 28 de octubre de 2019, cuyo texto es el siguiente:
Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario.
Trabajadores activos del Banco de la Nación y trabajadores FEBAN, afiliados a la institución:
Trabajadores activos – régimen laboral ley 19990
Edad |
Plazo |
Hasta el mismo día que cumple 62 años |
36 meses |
De 62 hasta el mismo día que cumple 64 años |
12 meses |
De 64 hasta 68 años * |
12 meses |
(*) De 64 hasta 68 años: se requiere garante con edad menor a 62 años.
Trabajadores activos – régimen laboral ley 20530
– Hasta 70 años – hasta 36 cuotas
Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas:
Edad |
Plazo |
Hasta el mismo día que cumple 79 años |
36 meses |
De 80 a 85 años * |
12 meses |
Más de 85 años * |
6 meses |
(*) A partir de 80 años el monto máximo a otorgar es de S/ 3 500,00