Créditos

Criterios de evaluación
  • Deberás haber realizado un (01) mes de aportación al FEBAN, para ser sujeto a beneficios de préstamos.
  • Todos los préstamos que concede el FEBAN se otorgarán siempre y cuando, cuentes con capacidad de pago. No deberás tener cuotas o saldos vencidos de préstamos ni de aportes, ni haber registrado atrasos en los mismos durante los últimos tres (3) meses.
  • La evaluación del préstamo será en función de tu capacidad de pago. Por lo que, el porcentaje que pueda destinarse mensualmente a pagos de deudas en el sistema financiero y FEBAN (incluido el pago del préstamo solicitado), no deberá superar el 40% de tu ingreso neto.

Para la evaluación crediticia deberá emitirse el respectivo reporte de la central de riesgos (*).

(*) Modificación por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 480, celebrada el 22 de julio de 2019:

– La evaluación del préstamo será en función de la capacidad de pago del solicitante. Por tanto, el porcentaje que pueda destinarse mensualmente a pagos de deudas en el sistema financiero y Feban (incluido el pago del préstamo solicitado), no deberá superar el 60% de su ingreso neto. Para la evaluación crediticia, el reporte de la central de riesgos debe ser normal.

– Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario:

Trabajadores activos del Banco de la Nación y trabajadores Feban, afiliados a la institución:

  • Trabajadores activos – régimen laboral ley 19990
  • Para edad menor a 62 años

De 62 hasta 70 años: requerirá garante con edad menor a 62 años.

  • Trabajadores activos – régimen laboral ley 20530
  • Hasta 70 años.

Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas

  • Hasta 80 años.

(*) Modificación por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 480, celebrada el 22 de julio de 2019, cuyo texto es el siguiente:

Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario.

Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas.

Hasta Edad Plazo
3 pensiones (*) de 80 a 85 años 12 meses
3 pensiones (*) más de 85 años 6 meses

(*) Corresponden a pensiones totales hasta un máximo de S/3,500 de acuerdo a su capacidad de pago.

(*) Artículo modificado por acuerdo de la CAFEBAN en la sesión N° 483, celebrada el 28 de octubre de 2019, cuyo texto es el siguiente:

Condiciones de edad para acceder a un préstamo ordinario.

Trabajadores activos del Banco de la Nación y trabajadores FEBAN, afiliados a la institución:

Trabajadores activos – régimen laboral ley 19990

 

Edad Plazo
Hasta el mismo día que cumple 62 años 36 meses
De 62 hasta el mismo día que cumple 64 años 12 meses
De 64 hasta 68 años * 12 meses

(*) De 64 hasta 68 años: se requiere garante con edad menor a 62 años.

Trabajadores activos – régimen laboral ley 20530

– Hasta 70 años – hasta 36 cuotas

Pensionistas régimen laboral ley 20530 y empresas disgregadas:

 

Edad Plazo
Hasta el mismo día que cumple 79 años 36 meses
De 80 a 85 años * 12 meses
Más de 85 años * 6 meses

(*) A partir de 80 años el monto máximo a otorgar es de S/ 3 500,00

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